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La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección deducido por dirigentes sociales y ambientales de la Región de Aysén, y le ordenó a la parte recurrida eliminar las publicaciones que hizo en redes sociales, en las que les atribuye la recepción de dineros para boicotear a la industria salmonera.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Natalia Rencoret Oliva, Pedro Castro Espinoza, José Ignacio Mora Trujillo y Luis Moisés Aedo Mora– estableció que las publicaciones subidas a Facebook y TikTok excedieron el ámbito de la crítica o la mera opinión, al atribuir a los recurrentes conductas deshonestas sin fundamento.

“Que, en consecuencia, las publicaciones cuestionadas constituyen un acto ilegal y arbitrario que ha perturbado el legítimo ejercicio de la garantía consagrada en el artículo 19 N°4 de la Constitución Política de la República, relativa al respeto y protección de la honra de la persona y su familia, desde que las expresiones empleadas son objetivamente aptas para menoscabar el prestigio, reputación y credibilidad pública de los recurrentes, afectación que se ve agravada por la amplia difusión y permanencia propias de las redes sociales, razón por la cual la presente acción cautelar resulta procedente con el objeto de restablecer el imperio del derecho y brindar la debida protección a los afectados”, sostiene el fallo.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE, con costas, el recurso de protección deducido en la presentación de fecha 24 de abril de 2026, por Karina Riquelme Viveros, en representación de Daniel Arturo Caniullán Huentel, Nelson Rubén Millatureo Raín, Paolo Giovani Matissine Cabero y Peter Hartmann Samhaber, en contra de Manuel Benito Anabalón Jeldres, en cuanto se ordena al recurrido eliminar la referida publicación de la plataforma social ‘Facebook’ y de cualquier otra en que se haya publicado, absteniéndose, en lo sucesivo, de efectuar publicaciones o emitir mensajes del mismo o semejante tenor, en la referida red social, en alguna semejante o en cualquier otro medio de difusión análogo”.

Decisión acordada con la prevención del ministro Luis Aedo Mora, quien estuvo por ordenar únicamente la eliminación de las publicaciones cuestionadas, al estimar que una prohibición futura de emitir mensajes podría afectar la garantía constitucional de libertad de expresión.